fecha: 3 dic 2024
Fuente: https://www.educacionfpydeportes.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/general/31/3155441/ficha/3155441.html
Plazo de presentación de solicitudes:ABIERTO desde el 01 de diciembre de 2024 a las 00:00 hasta el 16 de diciembre de 2024 a las 23:59
Descripción
Ayudas para alumnos afectados por las contingencias descritas en el R.D. Ley 8/2024, de 29 de noviembre
Concesión directa de ayudas a los estudiantes y familias con hijos e hijas estudiantes afectados por la DANA, para posibilitar la recuperación o reposición de los libros de texto, así como del material escolar o de estudio propiedad de dicho estudiante que hubiese quedado inservible a consecuencia de dicho fenómeno meteorológico.
Destinatarios
Estudiantes y familias con hijos e hijas estudiantes, afectados por la DANA, para posibilitar la recuperación o reposición de los libros de texto, así como del material escolar o de estudio.
Requisitos
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Cursar las enseñanzas comprendidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; en la Ley 1/2024, de 7 de junio, por la que se regulan las enseñanzas artísticas superiores y se establece la organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales o los grados D y E del sistema de formación profesional incluidos en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de Ordenación e Integración de la Formación Profesional.
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Que cumplan, además, una de las siguientes condiciones:
- Residir en cualquiera de los municipios incluidos en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre; reunir los requisitos para ser beneficiarios de las ayudas para vivienda establecidas en el artículo 3.2 del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre y haber presentado la solicitud de las mismas.
- Que, no teniendo su residencia habitual afectada por los daños provocados por la DANA, los libros de texto, material escolar o de estudio de su propiedad, se encontraran en los centros educativos situados en los municipios del anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre y hubieran quedado inservibles.
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- Cursar las enseñanzas comprendidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; en la Ley 1/2024, de 7 de junio, por la que se regulan las enseñanzas artísticas superiores y se establece la organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales o los grados D y E del sistema de formación profesional incluidos en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de Ordenación e Integración de la Formación Profesional.
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- Que cumplan, además, una de las siguientes condiciones:
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- Residir en cualquiera de los municipios incluidos en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre; reunir los requisitos para ser beneficiarios de las ayudas para vivienda establecidas en el artículo 3.2 del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre y haber presentado la solicitud de las mismas.
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- Que, no teniendo su residencia habitual afectada por los daños provocados por la DANA, los libros de texto, material escolar o de estudio de su propiedad, se encontraran en los centros educativos situados en los municipios del anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre y hubieran quedado inservibles.
Dotación
El beneficiario recibirá una ayuda por importe de 600 Euros.
Link para realizar solicitud de ayuda
https://www.educacionfpydeportes.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/general/31/3155441/ficha/3155441.html